Eximición de pago Impuesto Inmobiliario para Ex Combatientes Malvinas
Reglamentado por el art. 159 inciso j) del Código Tributario Municipal, deberán iniciar expediente presentando la siguiente documentación ante la Dirección de Mesa de Entradas:
- Nota solicitando la eximición.
- Certificado del Centro Veteranos de Guerra.
- Fotocopia Documento del Titular y Cónyuge.
- El inmueble debe estar a nombre del solicitante.
- El titular debe encontrarse habitando el inmueble por el que solicita el beneficio.
Lugar de presentación:
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