Pensión Graciable Provincial

Es una ayuda económica que brinda el Estado Provincial para todas aquellas personas que por su edad o invalidez no pueden ingresar de ninguna manera, ni en un futuro, o se encuentran tramitando un beneficio previsional de mayor cobertura económica.

Requisitos Generales

  • Estado de indigencia
  • No poseer más de un inmueble
  • No tener familiares obligados legalmente de proporcionarle subsistencia o que no cumplan con dicha obligación por encontrarse en similar situación socio económica, o desvinculada.
  • No poseer ingresos fijos, jubilación o pensión.
  • No hallarse internado de manera permanente en alguna institución.

La Pensión Graciable Provincial se gestiona por invalidez o por vejez.

Requisitos por invalidez:

  • 65 % de incapacidad laboral.
  • Certificado oficial de discapacidad otorgado por la Junta Evaluadora del Hospital Regional y Certificado de discapacidad laboral realizado por su médico.
  • Argentino o Extranjero con 2 años de residencia en la Provincia (el cual conste en el documento nacional de identidad).

Requisitos por Vejez:

  • 60 años cumplidos.
  • Argentino o Extranjero con 2 años de residencia en la Provincia (el cual conste en el documento nacional de identidad).

Beneficios

  • Monto mensual $ 25.364.-
  • No posee cobertura médica. Con aguinaldo y asignación familiar
  • Otorgada por 2 años (renovables)

Se puede gestionar el trámite  de forma presencial en las oficinas de la Dirección Municipal de Adultos Mayores, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia, ubicada en O’Higgins 423, Tel: 447-6926.

También se puede realizar la gestión en la oficina de Acción Social de Provincia ubicada en calle Libertad 807 de lunes a viernes de 7 a 13 hs.