Pensión Graciable Provincial
Es una ayuda económica que brinda el Estado Provincial para todas aquellas personas que por su edad o invalidez no pueden ingresar de ninguna manera, ni en un futuro, o se encuentran tramitando un beneficio previsional de mayor cobertura económica.
Requisitos Generales
- Estado de indigencia
- No poseer más de un inmueble
- No tener familiares obligados legalmente de proporcionarle subsistencia o que no cumplan con dicha obligación por encontrarse en similar situación socio económica, o desvinculada.
- No poseer ingresos fijos, jubilación o pensión.
- No hallarse internado de manera permanente en alguna institución.
La Pensión Graciable Provincial se gestiona por invalidez o por vejez.
Requisitos por invalidez:
- 65 % de incapacidad laboral.
- Certificado oficial de discapacidad otorgado por la Junta Evaluadora del Hospital Regional y Certificado de discapacidad laboral realizado por su médico.
- Argentino o Extranjero con 2 años de residencia en la Provincia (el cual conste en el documento nacional de identidad).
Requisitos por Vejez:
- 60 años cumplidos.
- Argentino o Extranjero con 2 años de residencia en la Provincia (el cual conste en el documento nacional de identidad).
Beneficios
- Monto mensual $ 25.364.-
- No posee cobertura médica. Con aguinaldo y asignación familiar
- Otorgada por 2 años (renovables)
Se puede gestionar el trámite de forma presencial en las oficinas de la Dirección Municipal de Adultos Mayores, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia, ubicada en O’Higgins 423, Tel: 447-6926.
También se puede realizar la gestión en la oficina de Acción Social de Provincia ubicada en calle Libertad 807 de lunes a viernes de 7 a 13 hs.